Blog

Alérgenos en la carta del restaurante: qué es obligatorio en España

Informar de los alérgenos no es opcional: es una obligación legal desde hace años y, sobre todo, una cuestión de seguridad para tus clientes. Te contamos qué hay que hacer y cómo simplificarlo con una carta digital.

Este artículo es informativo. Para dudas concretas sobre tu establecimiento, consulta con la autoridad sanitaria de tu comunidad autónoma o con tu asesor en seguridad alimentaria.

Qué normas se aplican

El Reglamento (UE) 1169/2011, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor, obliga a informar de las sustancias que causan alergias o intolerancias también en los alimentos que se sirven sin envasar, como los platos de un restaurante. En España, el Real Decreto 126/2015 concreta cómo debe darse esa información en los alimentos no envasados.

Los 14 alérgenos de declaración obligatoria

  1. Cereales que contengan gluten.
  2. Crustáceos.
  3. Huevos.
  4. Pescado.
  5. Cacahuetes.
  6. Soja.
  7. Leche (incluida la lactosa).
  8. Frutos de cáscara.
  9. Apio.
  10. Mostaza.
  11. Granos de sésamo.
  12. Dióxido de azufre y sulfitos.
  13. Altramuces.
  14. Moluscos.

Cómo hay que informar

La información sobre alérgenos tiene que estar disponible para el cliente antes de pedir y ser fácil de consultar: en la carta, en un cartel o en un documento accesible. Si se da de palabra, tiene que haber constancia por escrito que el cliente pueda consultar. En la práctica, lo más sencillo es que cada plato de la carta indique sus alérgenos.

¿Vale una carta digital con QR?

Una carta digital facilita mucho la información de alérgenos porque cada plato puede llevar sus iconos y se actualiza al momento. Aun así, conviene tener también la información disponible para quien no pueda o no quiera usar el móvil, por ejemplo en una carta impresa o en un documento en sala.

Errores frecuentes

  • Cambiar una receta y no actualizar los alérgenos.
  • Olvidar los alérgenos de salsas, aliños, rebozados y guarniciones.
  • Confundir «sin gluten» con «apto para celíacos» sin controlar la contaminación cruzada.
  • Que el personal de sala no sepa dónde consultar la información.

Cómo lo simplifica Reservus IA

Con la carta digital de Reservus IA subes la foto del plato y la IA propone el nombre, la descripción y los alérgenos que probablemente contiene, para que tú los revises y confirmes. La carta queda publicada con QR, en diez idiomas, y el asistente de voz la consulta para responder por teléfono sobre platos y alérgenos. La responsabilidad de revisar cada plato sigue siendo del restaurante: la IA te ahorra el trabajo, no la revisión.

Ver la carta digital con IA

Preguntas frecuentes

Lo que más se pregunta

¿Cuántos alérgenos hay que declarar?

Catorce, los que recoge el anexo II del Reglamento (UE) 1169/2011.

¿Es obligatorio en bares y restaurantes?

Sí. La obligación se aplica también a los alimentos que se sirven sin envasar.

¿Puedo informar solo de palabra?

Solo si además hay constancia escrita que el cliente pueda consultar. Lo más práctico es indicarlo en la carta.

¿Lo vemos con tu negocio?

Te lo montamos con tus datos y te enseñamos una llamada real antes de activarlo.